sábado, setiembre 10, 2005

El Tribunal Constitucional y los Intocables (segunda parte)


(continúa)

Es cierto que cometen errores (muchas veces). Uno grave -y que he comentado y criticado con varios amigos- está contenido en uno de los fallos en el caso Bedoya de Vivanco. Era un proceso de Hábeas Corpus y el TC no sólo declaró infundada la demanda, sino que consideró además que la conducta del peticionante debía ser calificada como Delito contra el Código Electoral (!), por lo que, se entendía, las autoridades correspondientes debían proceder a la investigación, juzgamiento y sanción. Adujeron que tenían la obligación de dar cuenta de esa situación. Pero ese no era el tema, no era el delito discutido, los magistrados constitucionales advirtieron algo que ni los fiscales ni los jueces, ni mucho menos el peticionante había mencionado.

No es la única vez que el TC ha violado terriblemente el principio de congruencia. Ha flexibilizado criterios no para garantizar derechos, sino para solicitar la apertura de investigaciones. ¿Ya para qué investiga un fiscal si el TC dice que hay delito? ¿Ya para qué el magistrado o la Sala juzga si el TC indica que hay delito? Ni hablar, esa no es función del TC, eso no se puede hacer en un proceso constitucional y mucho menos en un Hábeas Corpus. Siempre debe tenerse en cuenta el equilibrio en cualquier decisión.

Pese a todo, los magistrados del TC tienen el título de “intocables”. Esto se debe en parte a que, tras la aberrante actuación de Fujimori, nadie se atrevería a sancionar a un miembro del TC, ni a cuestionarlo más de la cuenta, salvo una tímida declaración. Quién diría que ese hecho nefasto de los noventa se convertiría en un blindaje al TC.

Por otro lado, y lo más importante, es que el TC se ha ganado a pulso la buena reputación que tiene en comparación con otras instituciones públicas; así lo demuestran las encuestas. Pero esa opinión puede cambiar, por ello debe tener mucho cuidado en sus decisiones.

En la película de Brian de Palma “Los Intocables”, podemos apreciar como, ante tanta corrupción, es indispensable tener un grupo que, sin exceso de formalismos (recordemos cuando Malone le advierte a Ness, en la primera redada no autorizada, sobre romper la puerta y todos los riesgos que ello implica), logre objetivos claros, que “haga justicia”. Ese grupo especial es independiente y es en la autolimitación que encuentran el respaldo a sus acciones, es así como legitiman su accionar ante los ojos de la población de Chicago. No le pegan un balazo a Capone (pese a todas las ganas y razones para hacerlo) en plena plaza. Encuentran una manera de llevarlo a la cárcel a través de un proceso penal.

De la misma manera, la legitimidad de las decisiones del TC se sustentará en la capacidad que tenga este órgano para autolimitarse en sus funciones. No son una Asamblea Constituyente, deben restringir su campo de acción, fijar ellos mismos sus fronteras si quieren seguir teniendo la autoridad que ostentan.

Carlos Tengan
ctengan@gmail.com

1 Comentarios:

A la/s 3:05 p. m., Blogger Coordinadora Ciudadana dijo...

interesante defensa del TC, muy mesurada y sin franelismos. Pero creo que lo más reslatante de ambos artículos es que en ellos se da cuenta de una realidad peruana muy endeble y chica, en lo que a materia de normas y de ejecución de las mismas se refiere. Vivimos rodeados de una institución como el Congreso que, lejos de tener en sus filas a personajes capaces, cuenta con personas poco o nada profesionales en lo que a legislar se refiere (ojo, siendo una de sus principales funciones). Ello genera que tengamos leyes incoherentes, que luego irán a ser impartidas por jueces sin vocación garantista o simplemente con poco conocimiento de doctrina. Finalmente, todo ello sumado a un Ministerio Público y una Policia que nos han demostrado su falta de tino y poco respeto al ciudadano, nos hace pensar si es que la filosofía de Al Capone no sigue presente, y si aún esperamos a nuestro Ness.

 

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